El efecto institucionalizador de la videovigilancia en la policía local de la Ciudad de Buenos Aires

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Andrés Pérez Esquivel

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.), de la mano de la creación de una policía local propia, expandió su Circuito Cerrado de TV a partir del año 2009, para llegar a las 2000 cámaras que tiene hoy.
Si bien la ciudad capital obtuvo autonomía luego de la reforma de la constitución nacional del año 1994, aún no se han transferido todos los bines y servicios de la administración nacional a la local.
En el área de seguridad la Policía Federal Argentina (PFA), hoy bajo jurisdicción del Ministerio de Seguridad de la Nación, es la fuerza que aún se encarga de las tareas de seguridad pública con sus 53 comisarías, a pesar de que sus efectivos y recursos ya deberían haberse transferidos a la Policía Metropolitana del gobierno local.
Lejos de esto, en 2011 el Gobierno Nacional creó el Operativo Cinturón Sur que reemplazó a la PFA en 2 de las 15 comunas de la ciudad con la Gendarmería y la Prefectura, sumando dos fuerzas seguridad más a las tres que ya existían en el territorio porteño (Policía Federal Argentina, Policía Metropolitana y Policía de Seguridad Aeroportuaria).
Como contrincante electoral en el plano local y nacional, el partido del Pro, gobernante en la ciudad, se disputa influencia con la alianza política del Frente para la Victoria que gobierna la Nación. Es en este escenario que la policía local, más joven y débil, disputa su consolidación institucional en un mismo territorio con cuatro fuerzas de seguridad dependientes del Gobierno Nacional a las cuales se supone debe reemplazar en un futuro cercano.
Estas tensiones se evidencian de muchas maneras. No se limitan a disputas mediáticas entre los Ministros de Seguridad, donde el Gobierno Nacional ejerce su poder de veto de hecho mediante la amenaza de retirar sus efectivos para obligar a la ciudad a sobre-exigirse más allá de sus capacidades reales, sino también en la falta de coordinación en patrullaje, en algunos operativos conjuntos, en la creación de dos líneas de emergencias paralelas, e incluso en la creación de dos Circuitos Cerrados de TV paralelos, por mencionar algunos ejemplos.
Este trabajo pretende analizar como el CCTV del gobierno porteño se constituye en un factor de peso para la institucionalización de la policía más débil a la hora de ganar conocimiento y legitimidad en la población, así como también capacidad de despliegue y negociación político-territorial con otras fuerzas.
Efecto institucionalizador del CCTV a través de los medios de comunicación.
En la CABA hay una Ley que regula el funcionamiento del sistema de videovigilancia estableciendo garantías de control y prohibiciones a la cesión de imágenes. La Ley 2602 dice con claridad que "se prohíbe la cesión o copia de las imágenes salvo en los supuestos previstos en la presente ley", que es la sesión a autoridades judiciales. Sin embargo, la Policía Metropolitana se niega a inscribir su base de datos en la Defensoría del Pueblo como obliga la Ley de Protección de Datos Personales y las imágenes confidenciales llegan a los canales de TV, con aumentos del 100% sobre el promedio en los períodos electorales, por una excepción creada por un organismo dependiente del gobierno.
Un automóvil impactando y matando a un motociclista, un hombre acuchillando a otro, un tren arrollando un colectivo, etc. Basta que suceda la tragedia y actúe la policía para que a las pocas horas las imágenes estén circulando en todos los canales de TV y repitiéndose una y otra vez.
Contra la idea de una policía que apunta a reducir el miedo con una comunicación eficiente, en todas las imágenes hay víctimas reales, identificables o no, que tienen familias, y que saben que las personas que están en los videos son ellos. De manera rápida e inconsulta, toma estado público algo que los tiene de protagonistas, y se ven obligados a revivir su experiencia traumática a través de todos los medios nacionales y a ser eternizados en internet, provocándoles una nueva e innecesaria vulneración.
A pesar de que el Ministro de Seguridad contrató a distintas empresas con distintas modalidades, los dueños del CCTV siempre fueron los mismos integrantes de un multimedio argentino. Sobre las imágenes grabadas por la policía trabaja una consultora de medios contratada por el gobierno y presidida por una socia del dueño del CCTV la cual, a su vez, es familiar del Ministro de Seguridad porteño.
Se identifica una alianza político-empresarial-familiar que motoriza la instalación del CCTV de la policía local porteña, garantizando que el imperativo de comercio de novedades rija el funcionamiento policial en el sistema de medios de comunicación, en función de objetivos económicos y políticos diversificados, que contradicen los objetivos explicitados de proteger derechos brindando mayor seguridad a la ciudadanía.
A diferencia de la policía, la prensa posee poderosos argumentos ideológicos y garantías legales para rechazar el control externo. Las empresas mediáticas alegan defender el "derecho del público a estar informado", ante un supuesto reclamo de sus audiencias. Lo que no es otra cosa que un comercio informativo donde un productor despliega discursos sociales de cohesión y confrontaciones reguladas en relación desigual con sus destinatarios, consolidando un monopolio u oligopolio de las representaciones asemejable al sinóptico social analizado por Zygmunt Bauman.
Por eso, la violación de la Ley de videovigilancia por parte de la Policía está protegida por esta alianza, que actúa en favor del aumento del conocimiento público de la sociedad porteña de la existencia de la Policía Metropolitana y del consenso en torno a su valor y legitimidad. Al mismo tiempo que actúa como ventaja comparativa en la disputa de espacio mediático con respecto a otras fuerzas policiales que no difunden sus imágenes en cumplimiento de sus respectivas normativas. Todos elementos que pueden sugerir preferencias a las audiencias a la hora de evaluar en momentos electorales, qué fuerza política puede brindarle mayores garantías de seguridad.
En resumen, sobre el CCTV se monta una empresa discursiva oculta, en el sentido del canadiense Marc Angenot, con diversos participantes públicos y privados que, como toda empresa, se esfuerza por crear una mayor demanda, en este caso motorizada por objetivos electorales y comerciales.
Se presenta en función de colaborar con la seguridad pública, pero termina afectándola en perjuicio de la efectiva implementación del CCTV para políticas preventivas de seguridad ciudadana. No sólo porque ejerce una revulneración de las víctimas y sus familias, sino porque la mayor difusión de imágenes de ilegalismos frustrados genera la necesidad comercial y política de operativizar más videos, reproduciendo la paradoja del infraganti analizada por el sociólogo Bruno Cardoso, en la cual se necesita que ocurran cada vez más delitos frente a las cámaras mientras que se intenta disminuirlos.

Efecto institucionalizador del CCTV en los territorios
La PM tiene 5000 efectivos repartidos en tres comisarías de tres comunas porteñas, en otras dos comunas donde tiene presencia policial y también en los subterráneos. Sin embargo el CCTV que construyeron abarca a toda la ciudad con 2000 cámaras.
En sus tres comunas, la PM debe velar por el cumplimiento óptimo de sus funciones y en algunos delitos de carácter federal actuar como apoyo de la PFA. Lo mismo en el resto de la ciudad. Si observan contravenciones o delitos a través de sus cámaras deben velar por comunicarlo a las otras fuerzas y que comience una intervención de oficio. Por acción u omisión la Policía Metropolitana se involucra en todas las comunas a través de su CCTV.
Sin embargo, en muchas zonas de la ciudad existen actos delictivos que a pesar de estar en el rango óptico de la cámara o de haber presencia policial, no son advertidos por esta fuerza policial. Se trata de prostíbulos, venta de drogas, talleres textiles clandestinos, entre otros identificados y denunciados por organizaciones civiles.
En todas las ciudades existen mercados ilegales, sobre los que se monta una recaudación, una regulación informal y una protección del circuito que pueden estar detrás de aparentes inacciones de las fuerzas de seguridad.
Como define Fernanda Bruno, una actividad de vigilancia puede ser definida como la observación sistemática y focalizada de individuos, poblaciones, o informaciones relativas a ellos, teniendo en vista producir conocimiento e intervenir sobre los mismos, con el fin de conducir sus conductas. Más allá del uso final que se les dé a las imágenes de los CCTV, es indiscutible que se constituyen en un potencial capital operativo para extorsión, control y regulación de los diversos mercados ilegales de la ciudad.
En este sentido es de utilidad destacar el concepto de mercaderías políticas utilizado por Michel Misse, definidas como una transacción económica cuyo recurso adquisitivo está basado en el poder y la violencia, y se monta y depende de las transacciones de mercaderías económicas ilícitas.
En efecto, siempre hay contingencias tecnológicas que permiten al responsable excusarse de proceder por motivos tecnológicos operativos. Logrando, de esta forma, que la faz de intervención de la vigilancia pendule entre la punición, la regulación o integración de la actividad ilegal. En función de como elija tratar la ilegalidad una fuerza policial a la hora de afianzarse en un territorio particular. Tal como dice Misse, "la expansión de uno y otro de esos mercados está intrínsecamente ligada".
Pero además de individuos, poblaciones e informaciones, la vigilancia también involucra la observación sistemática de instituciones. En el caso de la PM, de personas que pertenecen a instituciones con las que compite política y territorialmente, porque está destinada a reemplazarlas en un futuro cercano.
El simple hecho de que una cámara de la PM pueda registrar un acto de comercio político de un efectivo de otra fuerza, puede convertir a la imagen en un "bien" político pasible de ser utilizado en función de esta disputa política en niveles institucionales restringidos, donde rijan el secreto del cargo y la ventaja del pequeño número weberianos. Las cámaras pueden aportar pruebas para sentarse en la mesa de negociación y redefinir términos del mercado o de las influencias.
Si bien ambos CCTV están en función de la disuasión, la prevención e investigación del delito. La existencia o no de un efectivo control por oposición entre fuerzas tendría que ver con negociaciones políticas relacionadas a otros factores.
En este sentido, más allá de las disputas mediáticas de los gobiernos, pareciera existir una primera área de resguardo mutuo. Por el contenido selectivo de los casi 200 videos publicados por la PM, se puede inferir la existencia de un acuerdo de no publicar en los medios imágenes de faltas o delitos cometidos por efectivos de otras fuerzas. Esto refuerza la idea de que las imágenes constituyen un capital que vale más dentro de un campo específico que fuera de él, ya que podría representar un problema para todas las fuerzas si la sociedad y las instituciones comienzan a demandar más videos de policías cometiendo delitos y por lo tanto más controles.
Pero más allá de este acuerdo primario se observan dos proyectos panópticos conviviendo y compitiendo territorialmente. Esto se manifiesta desde la instalación simultánea de CCTV y la superposición de cámaras de los gobiernos en decenas de esquinas hasta la jerarquización de las políticas de videovigilancia en la designación de autoridades. En efecto, el superintendente de comunicaciones de la PM lo fue previamente en la PFA, y el superintendente de comunicaciones que instaló el CCTV de la PFA, es hoy el primer Jefe proveniente de esa área en la historia de la institución.
En este sentido, no es un dato menor que la PM haya extendido por toda la ciudad su CCTV a pesar de tener muy poca presencia territorial. Y que a su vez sea la única que se niega a informar la ubicación de sus dispositivos a pesar de estar obligada por ley. Para una fuerza como la PM, disponer de imágenes comprometedoras de fuerzas competidoras pueden brindarle mayor poder de negociación para apaciguar el variado poder de veto del Gobierno Nacional, mientras exista la negativa a realizar la transferencia. En este sentido el CCTV también podría ser considerado una herramienta instituyente.

Palabras clave: policía, seguridad, vigilancia, control, institucional.